Qué sucede con los derechos de los trabajadores ante la contingencia ? y la de los empresarios ? En la mayoría de las empresas (Pymes) no todos tienen contratos o están mal hechos. La ley federal del trabajo establece algunas excepciones por fuerza mayor, pero no está muy claro sobre todo en este tipo de situaciones. Pagos de salarios mínimos, reglas sobre lo que puedes o no puedes hacer, finiquitos, liquidaciones, despidos, etc.
Sinceramente creo que estamos ante un nuevo reto sobre legislación laboral, que puede afectar las grandes conquistas del trabajador y los sindicatos, pero es claro que si no hay actividad económica no existen derechos laborales. Por eso es importante que no se suspenda la actividad económica. Incluso en quiebras o cierres se protege el ingreso del trabajador , pero y si es generalizado? Las juzgados se llenarán de demandas unas justas y otras no.
Por lo pronto hay que entender que de entrada hay que mantener los pagos de nómina y a proveedores, y suspender todo lo demás.
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